El Servicio de Cesantía de la Policía Nacional, es una persona jurídica con autonomía económica y administrativa, con finalidad social. Su domicilio está en la ciudad de Quito y su representante legal es el Director Ejecutivo.
Ley Servicio Cesantía Policia Nacional
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TÍTULO I — DE SU CREACIÓN Y FINES
Art. 1
Art. 2
La cesantía es una prestación social obligatoria e irrenunciable que concede el Servicio de Cesantía de la Policía Nacional al personal policial cesante, de acuerdo con esta Ley y su Reglamento.
TÍTULO II — DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES·CAPÍTULO I — DE LOS ÓRGANOS DE SERVICIO
Art. 3
El Servicio de Cesantía de la Policía Nacional está constituido por órganos: Directivos; de Control; de Asesoramiento; y, Operativos.
Art. 4
Son Órganos Directivos: a) La Asamblea General de Delegados; b) La Junta Directiva; c) La Comisión de Apelaciones; d) La Dirección Ejecutiva; y, e) La Comisión de Inversiones.
Art. 5
Es Órgano de Control: La Comisión Fiscalizadora.
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