Incorpórase la zona denominada "Manga del Cura", a la jurisdicción de la provincia de Manabí y del cantón El Carmen.
Ley que Fija el Límite Territorial entre las Provincias del Guayas y Manabí en la Zona denominada "Manga del Cura"
Fíjase el límite territorial entre las provincias Guayas y Manabí, en la zona denominada "Manga del Cura" de la siguiente manera: DE OESTE A ESTE: Del punto de coordenadas geográficas 0° 52' 59,56" de latitud sur y 79° 42' 18,35" de longitud occidental, ubicado en el embalse Daule Peripa (afluencia del curso antiguo del río Peripa en el curso antiguo del río Daule; cartografía base elaborada por el IGM, formato raster topográfica escala 1:50.000), continúa por el embalse referido, al nordeste, siguiendo el curso antiguo del río Peripa, hasta el punto de coordenadas geográficas 0° 51' 11,76" de latitud sur y 79° 36′ 27,39" de longitud occidental (afluencia del curso antiguo del estero Salapi Chico en el curso antiguo del río Peripa; cartografía base elaborada por el IGM, formato raster topográfica, escala 1:50.000), en el vértice donde se unen los límites territoriales de las provincias del Guayas, Los Ríos y Manabí. De existir divergencia entre las unidades de linderación indicadas y las coordenadas geográficas que referencien su localización, prevalecerán las primeras, salvo el caso en que la unidad de linderación sea la coordenada.
A partir de la expedición y publicación de la presente Ley, quedan derogadas todas las disposiciones legales y reglamentarias que se contrapongan al contenido de la presente Ley, por efecto de la definición en los límites de las provincias Guayas y Manabí,
La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Sustituir el segundo inciso del Artículo 3º, del Decreto N° 079 que crea el cantón El Carmen, expedido por la Asamblea Nacional Constituyente el 08 de junio de 1967 publicado en el Registro Oficial N° 161 de fecha 03 de julio del mismo año por el siguiente: "El límite sur del cantón El Carmen es el fijado en el Artículo 2 de la Ley que fija el Límite Territorial entre las provincias Guayas y Manabí en la Zona Denominada "Manga del Cura".
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