Objeto.- La presente Ley tiene por objeto prevenir y reducir la malnutrición por déficit y por exceso en el Ecuador mediante acciones intersectoriales articuladas.
Ley Orgánica para Prevenir y Erradicar la Malnutrición en el Ecuador
CAPÍTULO I — DEL OBJETO, ÁMBITO, FINALIDADES, PRINCIPIOS, OBLIGACIONES Y DEFINICIONES
Ámbito.- Las disposiciones de esta Ley son de salud y orden público, interés social, de carácter integral y están destinadas exclusivamente a la prevención y reducción de la malnutrición en el Ecuador.
Finalidades de la Ley.- La presente Ley tiene como finalidad la articulación de instituciones para regular e implementar políticas, programas, proyectos y acciones de prevención y reducción de la malnutrición por déficit o exceso en el Ecuador, que contribuyan a una nutrición adecuada y al desarrollo integral.
Principios.- La presente Ley se rige por los siguientes principios: a. Participación: Todas las personas pueden participar activamente en la planificación, implementación y evaluación de las políticas y programas relacionados a la prevención y reducción de la malnutrición en el Ecuador. b. Transparencia: El Estado garantizará que las intervenciones en el ámbito de la prevención y reducción de la malnutrición se fundamenten en la información y métodos objetivos, con mecanismos de monitoreo y evaluación periódicos, ejecutados de acuerdo con un cronograma establecido en el Plan Estratégico Intersectorial para la Prevención y Reducción de la Malnutrición Infantil que permitan la transparencia de la acción pública. c. Igualdad: Se promoverán medidas y políticas que busquen garantizar la igualdad de acceso a prestaciones a la población objetivo, valorando lo establecido en la Constitución de la República del Ecuador y la Ley. d. No discriminación: El Estado aplicará el derecho de no discriminación a la población objetivo. Se tomarán medidas especiales para proteger a las personas en condición de vulnerabilidad frente a cualquier forma de discriminación, y se sancionará cualquier acto discriminatorio conforme a la Ley. e. Interés superior de las niñas y niños: El interés superior de las niñas y niños, está orientado a garantizar el ejercicio efectivo del conjunto de sus derechos e impone a todas las instituciones y autoridades públicas el deber de ajustar sus decisiones y acciones para su atención de conformidad con los parámetros establecidos en la Ley de la materia. f. Integralidad: La política de estado debe tener carácter integral, incluyendo los aspectos de acceso y disponibilidad a las acciones generadas en el marco de la prevención y reducción de la malnutrición. g. Sostenibilidad: Las políticas y programas implementados deberán ser sostenibles en el tiempo, garantizando la continuidad y efectividad de las intervenciones a largo plazo para prevenir y reducir la malnutrición en el Ecuador. h. Intersectorialidad: El abordaje frente a la malnutrición por déficit y por exceso debido a su multicausalidad requiere la intervención de diversos sectores, los cuales deben ser coordinados y articulados, asegurando un enfoque holístico y efectivo. i. Calidad, calidez y oportunidad; Las políticas y programas implementados para prevenir y reducir la malnutrición en el Ecuador deben garantizar la provisión de servicios de calidad en el momento adecuado y brindar buen trato a la población objetivo. Esto incluye la atención oportuna, eficiente y basada en estándares internacionales, con recursos humanos capacitados y suficiente infraestructura. Además, se promoverá la mejora continua de los servicios ofrecidos mediante la evaluación y actualización constante de los protocolos y prácticas, asegurando que se adapten a las necesidades cambiantes y emergentes de la población.
Definiciones.- Para efectos de aplicación de esta Ley se entenderán los siguientes términos: a. Alimentación saludable: Es una alimentación que aporta energía y todos los nutrientes esenciales que cada persona necesita para mantenerse sana, la cual debe ser variada (alimentos, presentación y preparación) permitiéndole tener una mejor calidad de vida en todo el ciclo de vida. b. Desnutrición Infantil: Es un estado patológico presente en niños y niñas menores de seis (6) años que puede originarse desde la etapa prenatal, debido a la ingesta insuficiente de alimentos o la baja calidad de los mismos en cuanto a nutrientes, vitaminas y minerales; puede derivarse también de factores socio económicos que no permiten el libre acceso a alimentos variados que cumplan con los requerimientos nutricionales mínimos, falta de higiene y servicios básicos, agua potable y la constante exposición a enfermedades infecciosas; dando como resultado una diferencia notable entre peso y altura (emaciación), retraso en el crecimiento, bajo peso (insuficiencias ponderal) e incluso deficiencia en el desarrollo intelectual. c. Diagnóstico situacional: Instrumento metodológico que analiza y determina el estado de los procesos y acciones desarrolladas en el marco de la implementación de políticas públicas, y que permiten caracterizar a la población objetivo en relación con una problemática social mediante la recopilación de información de base, a nivel nacional y territorial. d. Doble carga de la Malnutrición: Es la coexistencia de la malnutrición por exceso de calorías respecto al requerimiento de cada individuo junto con la desnutrición en todos los ámbitos poblacionales: país, ciudad, comunidad, hogar e individuo. e. Etapa prenatal: Periodo de gestación en el útero materno desde la concepción hasta el nacimiento. f. Malnutrición: Es una condición relacionada a las carencias, los excesos y desequilibrios de la ingesta calórica y de nutrientes de una persona. Por tanto, a nivel individual, la malnutrición es consecuencia de los dos extremos opuestos: déficit o exceso de ingesta de nutrientes y energía en relación con los requerimientos diarios- necesarios de cada individuo. g. Malnutrición por déficit: Se conoce como desnutrición y es resultado de la ingesta continua e insuficiente de alimentos que no satisfacen las necesidades mínimas alimentarias y de nutrientes, provocando, entre otras cosas, una pérdida significativa de peso corporal o bajo peso en relación a su talla, enfermedades o discapacidades permanentes e inclusive muerte prematura. La desnutrición puede clasificarse en: desnutrición aguda; desnutrición crónica; bajo peso; y, desnutrición por carencia de micronutrientes. h. Malnutrición por exceso: Se conoce como sobrepeso u obesidad, generada por la ingesta excesiva de alimentos, sobrepasando los requerimientos diarios de cada ser humano, lo cual causa, entre otras cosas, reducciones en la productividad, incrementa el riesgo de contraer enfermedades crónicas no transmisibles como cardiopatías, hipertensión, diabetes; inclusive algunos tipos de cáncer. i. Sobrepeso: Es una afección que desemboca en la acumulación excesiva de grasa en el cuerpo, derivado de la ingesta excesiva de alimentos por sobre su necesidad calórica diaria. j. Obesidad: Es una compleja enfermedad crónica que se define por la acumulación excesiva y perjudicial de grasa, provocando un aumento en el riesgo de contraer diabetes tipo 2 y cardiopatía; afecta a la salud ósea, reproductiva y, genera algunos tipos de cáncer. Influye directamente en la calidad de vida (limitando el movimiento y el descanso adecuado). k. Otros cuidadores: Comprende a familiares, tutores o personas adultas autorizadas expresamente por los progenitores o por la autoridad competente, a fin de brindar apoyo en el cuidado y educación de las niñas y niños. Así también se considerará dentro de esta definición a las entidades que tengan como fin el apoyo a las familias en el cuidado y educación de las niñas y niños. l. Paquete Priorizado de bienes y servicios: Conjunto de bienes y servicios diseñados para prevenir y reducir la malnutrición por déficit, los cuales deberán ser entregados aquellas personas dispuestas en la presente Ley. m. Política de Estado: Es un conjunto de acciones u omisiones que manifiestan una modalidad de intervención del Estado en relación a una condición de interés. n. Seguimiento Nominal: Procedimiento técnico que monitorea individualmente y facilita la entrega de servicios del Paquete Priorizado de Bienes y Servicios, así como da seguimiento al estado nutricional y de salud de cada persona. Permite registrar y actualizar las atenciones recibidas por la población objetivo.
Viendo 5 de 39 artículos.