OBJETO.- La Ley de Forestación y Reforestación de la provincia de El Oro, tiene como objeto impulsar la actividad forestal en todas sus etapas a través de planes, proyectos y programas que permitan proteger el medio ambiente, conservar los recursos naturales, restaurar las áreas afectadas, promover el desarrollo sustentable, mejorar las condiciones ambientales, fomentar el crecimiento económico y mejorar la calidad de vida de la población.
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ÁMBITO DE APLICACIÓN.- La ley asigna el manejo de las actividades forestales al Consejo Provincial de El Oro y será aplicable en la jurisdicción de la provincia de El Oro.
MARCO INSTITUCIONAL.- La elaboración y ejecución de los planes, proyectos y programas de forestación y reforestación de la provincia de El Oro, serán ejecutados por el Consejo Provincial, que coordinará con otros organismos seccionales e instituciones de desarrollo regional y demás entidades del sector público y privado, vinculados a la gestión y manejo de recursos naturales.
DE LOS PLANES, PROYECTOS Y PROGRAMAS.- El Consejo Provincial de El Oro, en coordinación con organismos, institucionales y entidades señaladas en el artículo 3, elaborarán y ejecutarán los planes de manejo integral, proyectos y programas de aprovechamiento forestal, bajo los siguientes principios: a) Prohibición de talar o usufructuar los bosques primarios; b) Sustentabilidad de la producción; c) Mantenimiento de la cobertura boscosa; d) Conservación de la biodiversidad; e) Desarrollo de las comunidades locales; f) Participación comunitaria en el manejo forestal; y, g) Reducción de los impactos ambientales y sociales negativos.
DE LA PRODUCCIÓN Y DEL APROVECHAMIENTO FORESTAL.- El Consejo Provincial de El Oro, en coordinación con los organismos, institucionales y entidades señaladas en el artículo 3, vinculadas al área del medio ambiente, deberá: a) Realizar la zonificación forestal en la provincia de El Oro; b) Efectuar un inventario forestal, lo cual permitirá conocer las especies existentes y sus bondades; c) Delimitar las áreas forestales de aprovechamiento comercial y de conservación; d) Establecer mecanismos de producción, comercialización e industrialización de los productos forestales; e) Coordinar la elaboración de estudios de impacto y planes de manejo ambiental; f) Evaluar y realizar el seguimiento del cumplimiento de los planes, proyectos y programas de forestación y reforestación; g) Evaluar y realizar el seguimiento de los convenios suscritos con los propietarios de las tierras y con los organismos ejecutores de las actividades forestales; h) Fomentar y ejecutar las políticas relativas a la conservación, fomento, protección, investigación, industrialización y comercialización del recurso forestal; i) Administrar, conservar y fomentar los bosques de protección y de producción, ejecutados por el Consejo Provincial; j) Investigar y dar asistencia técnica relativa al fomento, manejo y aprovechamiento de los recursos forestales; k) Incentivar el desarrollo de la actividad forestal; l) Firmar convenios con sus similares para ejecutar programas de forestación y reforestación que beneficien a sus instituciones; y, m) En coordinación con los organismos de desarrollo regional, instituciones públicas y privadas, establecer planes, proyectos y programas dirigidos al sector educativo, que promuevan e incentiven a la juventud la conservación de la naturaleza y la biodiversidad.
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