Objeto.- Créase la Universidad Pública de Santo Domingo de los Tsáchilas, como una institución de educación superior de derecho público, sin fines de lucro, con personería jurídica propia, con autonomía académica, administrativa, financiera y orgánica, acorde con los principios y disposiciones establecidos en la Constitución de la República del Ecuador y la Ley Orgánica de Educación Superior. El promotor de la Universidad Pública de Santo Domingo de los Tsáchilas es la Función Ejecutiva, a través de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.
Ley de Creación de la Universidad Pública de Santo Domingo de los Tsáchilas
Sede.- La Universidad Pública de Santo Domingo de los Tsáchilas tendrá su sede matriz en el cantón Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas. El Consejo de Educación Superior, en el marco de sus competencias establecidas en la Ley Orgánica de Educación Superior, podrá aprobar la creación de sedes fuera de la provincia de la sede matriz, conforme el trámite respectivo.
Patrimonio.- Constituyen patrimonio de la Universidad Pública de Santo Domingo de los Tsáchilas: a) Los bienes que forman parte de la propuesta técnico-académica para la creación de la Universidad Pública de Santo Domingo de los Tsáchilas y, b) Los bienes que, a cualquier título, adquiera en el futuro.
Financiamiento.- Son fuentes de financiamiento de la Universidad Pública de Santo Domingo de los Tsáchilas, aquellos determinados en la Ley Orgánica de Educación Superior y los provenientes de proyectos o programas de inversión generados para su implementación y aquellos que se generen por autogestión. La Universidad Pública de Santo Domingo de los Tsáchilas participará de la parte proporcional de las rentas que asigna el Estado a las universidades y escuelas politécnicas.
Carreras para el inicio de actividades académicas.- De conformidad con el informe favorable del Consejo de Educación Superior, la Unidad Pública de Santo Domingo de los Tsáchilas, iniciará sus actividades académicas con las siguientes carreras: 1. Agronegocios; 2. Emprendimiento e innovación social; 3. Alimentos; y, 4. Medicina Veterinaria. Podrá ampliar su oferta académica conforme las disposiciones establecidas en la Ley Orgánica de Educación Superior.
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