Créase la Universidad de Investigación de Tecnología Experimental YACHAY, como una institución de educación superior de derecho público, sin fines de lucro, con personería jurídica propia, con autonomía académica, administrativa, financiera y orgánica, acorde con los principios establecidos en la Constitución de la República y la Ley Orgánica de Educación Superior. El promotor de la Universidad de Investigación de Tecnología Experimental YACHAY es la Función Ejecutiva, a través de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación y la Empresa Pública YACHAY EP.
Ley de Creación de la Universidad de Investigación de Tecnología Experimental Yachay
La Universidad de Investigación de Tecnología Experimental YACHAY tendrá su sede matriz en el cantón Urcuquí, provincia de Imbabura. El Consejo de Educación Superior, en el marco de sus competencias establecidas en la Ley Orgánica de Educación Superior, podrá aprobar la creación de sedes fuera de la provincia de la sede matriz, conforme al trámite respectivo.
Constituyen patrimonio y fuentes de financiamiento de la Universidad de Investigación de Tecnología Experimental YACHAY, aquellos recursos determinados en la Ley Orgánica de Educación Superior y los provenientes de proyectos o programas de inversión generados para su implementación. La Universidad de Investigación de Tecnología Experimental YACHAY participará de la parte proporcional de las rentas que asigna el Estado a las universidades y escuelas politécnicas.
La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
En lo no previsto en la presente Ley se estará a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Educación Superior, su Reglamento General de aplicación, y demás normas expedidas por el Consejo de Educación Superior en el marco de sus competencias.
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